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Corte de Familia

Los juicios en la Corte de Familia no tienen por qué ser una experiencia frustrante. En la Oficina Jurídica de Michael S. Juarez, P.C trabajaremos de la mano con usted para resolver de manera eficaz su caso en la Corte de Familia logrando el resultado deseado.

Mother and daughter

Divorcio – Mutuo Acuerdo

Un divorcio de mutuo acuerdo es un proceso en la cual usted y su pareja no tienen desacuerdos con respecto a sus finanzas, propiedades, custodia de hijos y/o otros posibles asuntos. Nuestro objetivo es garantizarle que su divorcio sea resuelto de una manera tranquila por su bienestar y el de su familia.

Man with daughter on beach

Custodia y Tutela

Dependiendo de las circunstancias, la custodia o tutela puede ser la mejor opción para el bienestar de un niño(a) o adolescente. En esta situación el niño(a) o adolescente esta al cuidado de un familiar o una persona de confianza. Nuestra prioridad es que al ganar el juicio de custodia o tutela el niño(a) o adolescente obtenga ante todo salud y seguridad.

Mantener la Virtud de Su Familia

Cuando elige la Oficina Jurídica de Michael S. Juarez, P.C. usted no solo elige ser representada por nosotros sino también elige ser parte de nuestra gran familia. Eres familia. Haremos todo lo que esté a nuestro alcance para que usted y su familia se sientan en familia. Nuestro concepto es que usted y sufamilia reciban el mejor servicio posible ante cualquier situación.

¿Quién Puede Hacer Una Petición para Custodia?

Un progenitor, abuelo(a) o simplemente una persona que tenga una conexión o relación con el niño(a) o adolescente, estas son las personas quienes pueden presentar una petición ante el Tribunal de Familia solicitando la custodia del menor. Una copia de la petición y una citación deben ser notificadas (estas deben ser entregadas personalmente) a las personas que actualmente tienen custodia del niño(a) o adolescente. Si los progenitores del niño(a) o adolescente están actualmente separados y uno de ellos solicita la custodia, aquel progenitor debe hacer la entrega de los documentos al otro progenitor (esto debe ser completado de manera legal). Si una persona que no es el progenitor del niño(a) o adolescente está en busca de obtener la custodia, entonces ambos progenitores deben ser notificados.

nycourts.gov

Tutela

Un progenitor o una persona puede solicitar al tribunal que le otorgue la tutela de un niño(a) o adolescente siempre y cuando existe una preocupación por el bienestar del niño(a) o adolescente, esto normalmente ocurre cuando uno de los progenitores o ambos no pueden cuidar del niño(a) o adolescente. Un juez de familia es quien puede decidir si el progenitor(s) no pueden cuidar del niño(a) o adolescente por las siguientes razones:

  • Muerte
  • Abandono o negligencia hacia el niño(a) o adolescente.
  • Se encuentra en el servicio militar y/o en el extranjero.
  • Fue deportado pero el niño(a) o adolescente se encuentra en los Estados Unidos..
  • Está demasiado enfermo para cuidar al niño(a) o adolescente y no puede tomar decisiones por el niño(a) o adolescente.

nycourts.gov

Órdenes de Protección

Archivar una orden de protección es necesario siempre y cuando una persona lo requiera por su bienestar físico y/o mental por recibir amenazas de un familiar. Estos sucesos son lamentablemente desafortunados; sin embargo, estos casos en particular deben ser tratados de manera rápida y precisa para poder salvaguardar el bienestar de su familia.

¿Qué es una Orden de Protección?

Una orden de protección es una orden hecha por la corte donde se requiere que una persona haga o no haga ciertas cosas para así no cometer algún delito.

¿Qué “tipos” de órdenes de protección existen?

  • Orden de Alejamiento o Completas: donde ambas partes deben “alejarse” y no tener ningún tipo de contacto directo o tener a terceras personas involucradas en este alejamiento.
  • Evitar o órdenes limitadas: ambas partes pueden tener contacto, pero deben evitar cometer delitos familiares o delitos penales (como acoso, agresión, espionaje, etc.)

    ¿Qué es una Orden de Protección?

    Cualquier orden de protección puede ordenar a alguien lo siguiente:
  • Mantener alejado a las personas y niños protegidos de cualquier lugar que solían frecuentar, como el trabajo o la escuela.
  • No cometer actos que son perjudiciales.
  • Permitir que una de las partes puede acceder a la residencia con la ayuda de la policía para entrar a la residencia.
  • Devolver documentos importantes para la persona que está siendo protegida.
  • Permitir que la persona protegida finalice un arrendamiento.
  • Entregar armas de fuego.

    Además de lo anterior, una orden de protección de la Corte de Familia puede:
  • Proveer la custodia de los niños al demandante.
  • Hacer disposiciones para las visitas.
  • Exigir el pago por manutención de hijo(s) o cónyuge.
  • Exigir al demandado el pago de los costos legales del demandante.
  • Exigir que el demandado este bajo supervisión de libertad condicional.
  • Exigir al demandado que se haga cargo de los costos médicos.
  • Exigir al demandado que asista a programas para parejas abusivas (violencia domestica).
  • Pedir cualquier otra cosa que se requerida con la finalidad de proteger al demandante y a su hijo(s).

Oficina de NY para la Protección de la Violencia Doméstica

Mantener la Virtud de Su Familia

Cuando elige la Oficina Jurídica de Michael S. Juarez, P.C. usted no solo elige ser representada por nosotros sino también elige ser parte de nuestra gran familia. Eres familia. Haremos todo lo que esté a nuestro alcance para que usted y su familia se sientan en familia. Nuestro concepto es que usted y sufamilia reciban el mejor servicio posible ante cualquier situación.

 
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